Nota de prensa conjunta de MHUEL y Europa Laica

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Documento Conjunto

MHUEL Y EUROPA LAICA,  ACATAN, PERO NO ESTÁN DE ACUERDO CON LA SETENCIA SOBRE LA MEDALLA A LA VIRGEN

Tras 19 meses de tramitación y 10 días de discusión, un tribunal de cinco jueces ha decidido por tres votos contra dos que la concesión de la medalla al mérito policial a la virgen del amor es conforme a derecho.

MHUEL Y EUROPA LAICA, como organizaciones laicistas, entendían que dicha orden era un incumplimiento flagrante del artículo 16 de nuestra constitución que establece la a-confesionalidad del Estado, pero no lo adujimos, sabedores de que en esas arenas, la judicatura y los poderes del estado siempre lograrían encontrar argumentos de variada índole que permitieran desechar nuestra pretensión. Que, por otra parte, es de sentido común.

En su lugar denunciamos el incumplimiento de la propia norma reguladora de la orden del mérito, tanto en su tenor literal como en su espíritu, amén de aducir defectos de forma flagrantes.

Lo hicimos así por dos motivos. Primero, porque entendíamos y queríamos poner de manifiesto que con dicha Orden el Sr. Ministro incumple su propia normativa ante-poniendo sus convicciones religiosas por encima de las leyes. Segundo, porque teníamos la seguridad de que la sentencia nos iba a resultar favorable, ya que cualquier persona con capacidad lectora concluirá que resulta imposible encontrar un encaje legal en la orden reguladora a la decisión del Ministro.

En la Audiencia Nacional no lo han encontrado, y una mayoría de tres a dos a desestimado nuestra querella.

Aduce esa mayoría que la medalla no era a la virgen sino a la cofradía de la cual es titular. Dado que el literal de la orden dice que “se otorga a la advocación mariana titular de la cofradía”, dicha conclusión no puede alcanzarse, salvo dejando a un lado la semántica. A continuación se soslayan los requisitos de mérito que la Ley establece, dejándolos a merced de la  potestad discrecional de la administración. En suma que el ministro puede hacer lo que quiera, aun saltándose el Reglamento y las leyes.

Por si con eso no bastara puede leerse el texto que forma parte de la propuesta y que también señalan los votos discrepantes: “Esta vez, se pretende honrar a María Santísima del Amor con la imposición de la medalla de oro de carácter honorífico, como muestra de reconocimiento y respeto, acogiéndonos bajo el manto de su protección, y con el ruego de que nos guíe en la difícil pero importante misión que la Policía tiene encomendada”.

Queda de manifiesto con claridad meridiana a quién se le concede la medalla y el por qué (las dos cuestiones objeto de impugnación) aunque la mayoría del tribunal parece no haberse enterado.

Vencen pero no convencen. Ni a sus compañeros de tribunal, ni a nosotros, ni a la mayoría de la sociedad española, a tenor de las opiniones manifestadas en los diferentes medios.

En nuestra opinión el ministro, con su decisión, falta al respeto a los ciudadanos  que no esperan protección de ninguna virgen sino de la seguridad del Estado; falta al respeto a los destinatarios naturales del reconocimiento al mérito policial que ven su actividad ninguneada; al espíritu de la ley al desvirtuar sus objetivos y falta al respeto a los propios creyentes que ven al objeto de su devoción sujeto a debate político.

El principio de a-confesionalidad del Estado que rige en España choca permanentemente con las prácticas propias del nacional-catolicismo heredado del régimen de Franco y que con el gobierno del Partido Popular se han acentuado.

Defenderlas usando la administración de justicia conduce inexorablemente a su desprestigio. Se hace imprescindible una Ley de libertad de conciencia que garantice la independencia y la efectiva separación entre la Iglesia y el Estado.

Europa Laica y MHUEL, participan de los argumentos del voto particular de la sentencia, coincidentes con los que se exponían en la demanda, por lo que van a plantear recurrir esta sentencia a instancias superiores por entender que los fundamentos en los que se basa suponen una clara vulneración con derechos constitucionales.

Madrid y Zaragoza a 23 de noviembre de 2015

INMATRICULACIÓN EN POZUEL DE ARIZA

iglesiapozuelo de ariza

Documento

 Zaragoza a 16 de Noviembre del 2015
 
    La asociación aragonesa Movimiento hacia un Estado Laico  ( MHUEL ) ha tenido conocimiento de una nueva inmatriculación (Documento adjunto) . En esta ocasión ha sido realizada por el Obispado de Tarazona ( Zaragoza ) que registró a su nombre una finca urbana con superficie de novecientos siete metros cuadrados sobre los que existen construidos trescientos cuarenta y tres metros cuadrados en el municipio de Pozuel de Ariza .
 
   Examinando los datos registrales , estamos ante otro caso de inmatriculación «expréss » ; un mes antes de que en la reforma de la ley hipotecaria finara la potestad de inmatricular a la ICAR – 26 de junio del 2015 -.
 
   MHUEL de nuevo  hace un  llamamiento a los poderes públicos competentes para la reclamación de estos bienes inmuebles y que permanezcan bajo la titularidad pública , tal y como manifestó esta asociación  ante las Cortes de Aragón en su intervención del día 3 de noviembre del 2015  en la Comisión de Comparecencias de peticiones Ciudadanas .
 
 MHUEL