La asociación aragonesa MHUEL ( Movimiento hacia un Estado laico ) con motivo de la concesión de una medalla por parte del Ministerio del Interior a la Virgen de Nuestra Señora María Santísima del Amor , emite el siguiente comunicado :
El ministro de la Gobernación (y el arcaísmo es consciente) señor Fernández Díaz ha otorgado la medalla de oro al mérito policial a Nuestra Señora María Santísima del Amor.
Dicen que estamos en un estado de derecho. Pues bien, de las condecoraciones policiales se ocupa una ya lejana Ley 5/1964, de 29 de abril, que sigue vigente. En su artículo 4 establece que podrán ser recompensados “los miembros y funcionarios de los cuerpos que integran la policía [] cuando se estime que reúnen alguna de las circunstancias exigidas para su concesión; y excepcionalmente las personas ajenas [] cuando se hagan acreedoras a ello…”. Parece obvio que la susodicha no pertenece a cuerpo de seguridad alguno y tampoco puede ser considerada como persona física a efectos civiles.
Dicen que estamos en un estado de derecho. Pues bien, de las condecoraciones policiales se ocupa una ya lejana Ley 5/1964, de 29 de abril, que sigue vigente. En su artículo 4 establece que podrán ser recompensados “los miembros y funcionarios de los cuerpos que integran la policía [] cuando se estime que reúnen alguna de las circunstancias exigidas para su concesión; y excepcionalmente las personas ajenas [] cuando se hagan acreedoras a ello…”. Parece obvio que la susodicha no pertenece a cuerpo de seguridad alguno y tampoco puede ser considerada como persona física a efectos civiles.
El artículo quinto de la citada ley expone los requisitos o condiciones exigidas. Se trata de circunstancias tales como resultar muerto en acto de servicio, mutilaciones o heridas graves, dirigir un servicio de excepcional trascendencia o destacar por valor o eficacia. Circunstancias que el ministro no está en condiciones de acreditar.
Así que el señor ministro se pasa por el forro la legislación vigente, amén de la constitución española que establece que ninguna confesión tendrá carácter estatal. Razones suficientes para que lo cese quien lo nombró.
Así que el señor ministro se pasa por el forro la legislación vigente, amén de la constitución española que establece que ninguna confesión tendrá carácter estatal. Razones suficientes para que lo cese quien lo nombró.
Añadimos, ¿Hay alguna institución que se ocupe del cumplimiento de las normas o si a Rajoy se le ocurre nombrar ministro del interior a un caballo de las cuadras de su majestad, lo veremos relinchando en el próximo consejo de ministros? A la vista de los últimos acontecimientos, el país saldría ganando.