ZARAGOZA EN COMÚN, EJEMPLO DE LAICIDAD

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Hace unos días, periódicos aragoneses notificaban que la candidatura Zaragoza en Común, la que rige los destinos municipales de la capital, había tomado la decisión de modificar el Reglamento de Protocolo y Ceremonial del consistorio, estableciendo que la Corporación como tal institución no podrá asistir a ningún acto público de carácter religioso y, caso de que los ediles lo hicieran, tendrían que hacerlo a título individual.

Rauda y veloz, la concejal del PP del Ayuntamiento de Zaragoza, Patricia Cevero, protestó dicha modificación, porque, en su opinión, “se hizo sin transparencia, sin consenso” y porque «no tiene pase» en cuanto a formas y a fondo”. Remató la protesta asegurando que se hizo «sin informes, ni técnicos, ni jurídicos y sin ninguna negociación”. Y lo más grave: la intención de ZEC «fue ocultar la verdad a quien tenía que informar».

Me parece genial que el PP defienda sin paliativos la transparencia, la democracia y la verdad. Ya era hora de que manifestara que le importan tales valores esenciales para la democracia. Ahora, será cuestión que los practiquen. Añadiría, no obstante, que, si los ediles de ZeC han cumplido o no con dichas formalidades, no entiendo muy bien el malestar del PP, ya que si algo busca dicha modificación es un avance considerable en el respeto a dichos conceptos de transparencia, verdad y democracia.

Me pregunto si el PP se hubiera sumado a dicha decisión, caso de que dicha votación se habría llevado a cabo en la Plaza del Pilar, a la luz del mediodía. No sé, pero me parece que al PP los avances del laicismo en la sociedad actual, por muy tímidos que sean, le sientan tan mal que, nolis velis, habría montado de igual modo en cólera textual caso de haberse discutido dicha modificación del protocolo con todas las formalidades al uso. Gran parte de los dirigentes del PP siguen anclados aún en el nacionalcatolicismo. Si sirve de consuelo, digamos que, también, lo hacen ciertos sectores de la izquierda anclados incomprensiblemente en ese dique. Por si les sirve de referencia, recordaré que los nuevos consejeros del Gobierno de Navarra han prometido sus cargos ante un crucifijo.

Pero precisemos.

Ninguna institución pública, ningún Ayuntamiento, tiene necesidad alguna de hacer estudios técnicos y jurídicos, ni de ninguna otra naturaleza, para tomar decisiones en torno a la denominada no confesionalidad. Ni, tampoco, se precisa convocar un pleno para tomar dicha decisión, a no ser que se convoque para sancionar positivamente el artículo 16.3 de la Constitución y establecer cuáles son sus inmediatas exigencias institucionales.

En lo que hace relación a lo esencial, los Ayuntamientos no tienen nada que decidir al respecto. La Constitución ya lo hizo por ellos. Esa es la ventaja de tener una Constitución que con toda claridad establece: “Ninguna confesión tendrá carácter estatal”.

Si los Ayuntamientos son instituciones del Estado, deberían aplicarse el protocolo radical que dimana de dicho artículo. No hace falta hacer sesudas investigaciones jurídicas ni filosóficas, ni técnicas, para deducir de dicho artículo el componente práctico que implica: la incontinencia confesional absoluta de la institución pública llamada Ayuntamiento.

Si algunos ediles se lo quieren montar con preservativos de marca individual en contra de lo que establece la propia Constitución, lo será basándose en argumentos más o menos espurios y demagógicos, pero no democráticos. A los ediles solo les queda la posibilidad de asistir a tales jumelages religiosos individualmente, y siempre disueltos en la masa de la sociedad articulada en procesión, como cualquier otro vecino.

Como quiera que los Ayuntamientos son organismos vivos fundamentales en la gestión pública y cohesión social, haciendo que el respeto al pluralismo ideológico y religioso, moral y sexual, sea una de sus finalidades fundamentales, sería bueno que quienes deciden un día dedicarse a esta gestión, recibieran cursos de formación, donde asimilaran las dimensiones prácticas que conlleva el carácter de la no confesionalidad constitucional.

Hasta la fecha, la sensación que se obtiene del comportamiento de cierto sector político –incluidos concejales de una desnortada izquierda-, es que confunden churras con merinas; mezclan sin orden ni concierto la tradición, la religión, la antropología y las creencias individuales a la hora de tomar decisiones con representación universal.

Además de reflexionar en torno a las exigencias de la no confesionalidad en las instituciones públicas, estos audaces políticos que renuncian a su libertad personal para que los demás disfrutemos de la propia, tendrían que darle unas cuantas vueltas mentales al concepto mismo de representación. A la vista de ciertos alcaldes y concejales, el cargo parece que se les ha subido al cerebelo y consideran que cualquiera de sus gestos por minúsculo que sea es representativo de la voluntad popular, cuando no son más que indicios individuales de su personalidad, a veces megalómana, y poco ducha en valores democráticos.

¿Qué necesidad tiene la sociedad de que la represente un Ayuntamiento cuando ella misma puede re-presentarse per se en cualquier acto público?

Que se sepa la gente que asiste a estas manifestaciones no necesita que la representen unos corporativos. Se basta a sí misma. En el mejor de los casos, los ediles podrían aducir que representan esa parte de la sociedad que no asiste a dichos actos. Sería abracadabrante. Cualquiera puede comprender que dicho gesto resultaría ridículo, porque nadie delega en dichos corporativos dicha representación. Solo los corporativos, llevados por un exceso de celo representativo, considerarán que al ser elegidos adquieren de facto la representación de todos los aspectos que afectan a los ciudadanos. Olvidarían que existen aspectos íntimos intransferibles y que nada ni nadie puede representar y, menos aún, públicamente, pues pertenecen al ámbito personal.

La democracia actual, a través de la Constitución, ha establecido claramente cuál es la naturaleza de la representación que pueden ejercer las instituciones públicas: el respeto a la no confesionalidad. Esto exige no apoyar –representar, en este caso-, públicamente ninguna confesión religiosa. Si esto así –y lo es gracias al artículo 16.3.-, ningún Ayuntamiento como institución representa esa sociedad que no asiste a procesiones confesionales de diversa índole. Quienes dicen que los representan incurren en flagrante usurpación. El texto constitucional no reconoce ese derecho. Porque el Estado y sus instituciones son de naturaleza no confesional.

La sociedad no es unívoca en materia de creencias religiosas. Como, tampoco, lo es en materia sexual o gastronómica. Estaríamos ante una contradicción muy severa si como institución intentara la corporación municipal representar una tendencia sexual y gastronómica determinadas de la sociedad.

Lo único real es el pluralismo generalizado. A su respeto y cultivo cívico se debe cualquier Ayuntamiento. Cuando toma una decisión de representación que afecta de forma unívoca a una parte de la sociedad, está contraviniendo el mandato constitucional y democrático. Se sitúa fuera de la ley.

VERTIGINOSA INMATRICULACIÓN DE LA CATEDRAL DE JACA POR PARTE DEL OBISPADO

 

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Zaragoza a 27 de Julio del 2015
 
 
    La asociación aragonesa Movimiento hacia un Estado Laico ( MHUEL ) comunica e informa que la Catedral de San Pedro de Jaca ( Huesca ) , fue inmatriculada por el Obispado de Jaca el día 9 de Junio del 2105 , 17 días antes de que entrase en vigor la reforma de la Ley Hipotecaria -artículo 204 – en la que se inhabilita  expresamente a los diocesanos a la hora de inmatricular bienes ante los registros de la propiedad. ( Adjuntamos ficha registral ).
 
 
   Una vez más , y ésta en «rauda y veloz » carrera , el Obispado de Jaca acudió al registro de la propiedad casi en el «último toque de campana » a registrar como  dominio de su propiedad la Catedral más antigua de Aragón .
 
  Esta asociación queda perpleja al encontrar en la información registral , el sarcasmo incardinado en el género de la «Opereta Bufa » , que ante la falta de argumentación potestativa de propiedad , se declare el dominio como «obra nueva » cuando estamos hablando de un complejo edificado en el siglo XI  ( Exactamente en 1077 ) . 
 
  La Catedral de San Pedro de Jaca fue declarada Monumento  Nacional del Estado Español y Patrimonio del Estado en 1931 ( Adjuntamos catalogación actual ) , Bien de Interés Cultural BIC en 1985 y posteriormente Patrimonio Cultural Aragonés  PAC .
 
  Este monumento  ; el más importante del arte románico Aragonés con toda la simbología histórica del antiguo Reino de Aragón , recibió ayudas públicas para su restauración . En el periodo 1991/2009 , 2.553.909 euros de los cuales 1.108.800 euros fueron aportados por la Diputación General de Aragón . Posteriormente el Ministerio de Educación y Cultura aportó 614.738 euros en el año 2013 , finalizando con un nuevo proyecto de restauración valorado en 430.000 euros en el año 2014.
 
 Actualmente para visitar el recinto Museo/Catedral hay que pagar entrada ( Adjuntamos información ).
 
  MHUEL nuevamente insta a los poderes públicos ( Excmo Ayuntamiento de Jaca , Diputación Provincial de Huesca y Diputación General de Aragón ) a que defienden de una vez por todas lo que pertenece al común de la ciudadanía y pongan coto administrativo y jurídico a un expolio legal como son las inmatriculaciones de la la Iglesia Católica.

 

NI ÉTICA NI MORAL

 

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 Zaragoza a 24 de Julio del 2015
 
   La asociación MHUEL se hace eco de la información publicada por un destacado medio digital de prensa (Adjuntamos enlace ) . Información que ya obraba en nuestro poder en un sinfín de peticiones de ayuda , auxilio , compromiso y denuncia por sectores de la Iglesia Católica de Zaragoza.
 
  No es fin asociativo de MHUEL como organización laicista , el entrar a valorar cuestiones internas de una confesión religiosa ; pero en este caso ante la magnitud de los hechos a los que otorgamos máxima veracidad y por respeto a nuestros socios que profesan las creencias católicas ; tenemos la obligación de manifestarnos en términos de máxima dureza .
 
 
  1) La etapa y mandato de Monseñor Ureña como Arzobispo de Zaragoza , pasará a la historia como una de las más desgraciadas y lamentables  en cuanto a conductas morales se refieren . Ni la hipocresía meliflua de la etapa del  Conde de Romanones la pueden superar .
 
 2) De muy lamentable y casi execrable proceder , el que un sacerdote con la licencia pastoral retirada en su país de origen y Director de  ventas de la empresa piramidal  AMWAY en Colombia ; Don Óscar Ignacio Avilez Bolívar , estuviera administrando sacramentos sacerdotales ¿ Son válidas sus bodas , bautizos , comuniones o extremas unciones como Capellán del Hospital Provincial ?  ¿ Recaudó dinero por esos actos ? ¿ A quién fueron esos caudales ? . El Arzobispado de Zaragoza  debería dar explicaciones sin demora alguna y no permanecer cómplice de la actuación del citado. No es suficiente su cese ; y el orbe creyente demandará explicaciones nítidas yclarificadoras sobre estas prácticas y formas de designar a personas en determinados puestos.
 
  3) Ahondando más en este asunto , MHUEL  solicitará en los próximos días a las autoridades públicas correspondientes ( GERENCIA SALUD Aragón y Dirección del Hospital Provincial ) sí el Capellán sin licencia pastoral Don Óscar Ignacio Avilez Bolívar , reunía los requisitos necesarios en cuanto a titulación para ejercer esa función (2011/2015) y que en el caso que no fuera así al estar privado de ordenación sacerdotal para ocupar ese puesto ; devuelva todos los emolumentos salariales percibidos de fondos públicos , así como las sanciones administrativas o que jurídicamente correspondan al ámbito civil o penal  que sea responsable y por extensión a los que avalaron su nombramiento , en este caso el Arzobispado de Zaragoza .
 
 4) Apuntamos a los anteriores poderes públicos de mantener un auténtico «sainete » de complicidad y «entente cordiale » con una corporación de derecho privado como la Iglesia católica que durante ese periodo no era ejemplo ni ético ni moral y su falta de decisión y valentía para denunciar lo que sin duda conocían y toleraban ; refugiándose en recepciones , resopones y francachelas varias , amén de invertir dinero público en actos de protocolo oficial para mantener una farsa inédita y que produce bochorno ajeno .
 
 5) Aconsej

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al nuevo Arzobispo de Zaragoza Don Vicente Jiménez , que sepa distinguir entre quienes han sembrado el oprobio , hipocresía y actitudes éticas y morales muy cuestionables y quienes han tenido la valentía y el coraje de denunciar los hechos jugándose el puesto de trabajo . Si la verdad libera , cúmplase .

 
 6) Libertad de conciencia SI , libertad de culto y creencias POR SUPUESTO ; pero «Chiringuitos» nada edificantes , hipócritas , oscuros y sin catadura ética ni moral ; BAJO NINGÚN CONCEPTO y menos costeados con dinero público.

 

LA LEGALIDAD NO VULNERA NINGÚN DERECHO FUNDAMENTAL SEÑORES OBISPOS

 

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Zaragoza a 21 de Julio del 2015​

Al Movimiento Hacia un Estado Laico no le sorprenden las acusaciones de los obispos aragoneses al nuevo Gobierno de Aragón por la reducción del horario de religión del curriculum LOMCE para la enseñanza secundaria.  Simplemente queremos llamar la atención sobre el hecho de que dicha decisión no se aparta de la mantenida por el Ministro de Educación del Gobierno de España para el ámbito de gestión de su Ministerio, publicada en el BOE del pasado 9 de julio y cuyos anexos 3 y 4 pueden consultarse en el BOE de hoy, para comprobar que el horario asignado a la religión por el gobierno del PP es el mismo que el establecido por el departamento de educación aragonés.

Saludamos la decisión de unos y otros de reducir el peso de la religión en el curriculum, pero recordamos que la escuela de todos y para todos es aquella que no hace distingos entre los estudiantes según sean las creencias de sus progenitores. Es decir, la escuela laica, cuya construcción exige la derogación del Concordato que ha constreñido y constriñe todas las leyes educativas que ha tenido España y que supone una pérdida de soberanía nacional.

NOTA DE PRENSA MHUEL / ZARAGOZA CONSISTORIO ACONFESIONAL

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Zaragoza a 20 de Julio del 2015
 
   La asociación Aragonesa Movimiento hacia un Estado Laico ( MHUEL ) , recibe con satisfacción la iniciativa del Ayuntamiento de Zaragoza de cumplir la moción plenaria que en su día presentó el grupo de Chunta Aragonesista ( año 2013 ) y que el pleno ratificó en votación ; referente a la aconfesionalidad de las instituciones públicas y al cambio de reglamento de protocolo de la mencionada institución.
 
 
  MHUEL se felicita y felicita a una nueva mayoría social y política que va hacer posible que se cumpla y se haga cumplir el mandato constitucional del artículo 16.3 de la vigente Constitución española de 1978 que declara :«NINGUNA CONFESIÓN RELIGIOSA , TENDRÁ CARÁCTER ESTATAL «.
 
  Opinamos que ejercer la normalidad constitucional , no debería asustar ni crear recelos a nadie que confíe en los valores democráticos de la ciudadanía y en las instituciones que nos representan .
 
  Esta asociación siempre ha manifestado que nada tiene en contra en que los cargos públicos participen de manera libre en su ámbito privado de actuación en cuantos actos confesionales crean oportunos , respetando la libertad de culto y creencias de los mismos ; pero nunca lo deben hacer como representantes públicos de una sociedad plural y secularizada , dado que como tales están representando a la totalidad de la ciudadanía .
 
  Por eso mismo , siempre hemos declarado que las instituciones públicas del Estado , deben mantenerse neutrales en materia religiosa , cumplir el principio de aconfesionalidad del Estado y garantizar la libertad de conciencia individual y no visualizarse con determinadas confesiones religiosas en actos de carácter público.
 
  MHUEL ha permanecido muy activa estos últimos años en concentraciones y manifestaciones ( algunas  entorpecidas por el poder gubernativo ) para exigir y concienciar de cuestiones que nos parecían lógicas en el siglo XXI . Todo ese trabajo , ahora empieza a dar sus frutos y animamos a la sociedad en general a que apuntalen este tipo de avances ciudadanos para construir un futuro de mayor tolerancia , respeto y libertad ; el laicismo representa esos valores.

NOTA DE PRENSA MHUEL . LEY MORDAZA

 

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Zaragoza a 26 de Junio del 2015
 
     La asociación aragonesa Movimiento hacia un Estado Laico ( MHUEL ) hace un llamamiento urgente y general a la sociedad para que se movilice en contra  ante la inminente entrada en vigor de la Ley de Seguridad Ciudadana ( Ley Mordaza ).
 
    Muchos  años de lucha para abrir camino hacia las libertades individuales y colectivas , no pueden ser cercenadas de un plumazo por una Ley muy cuestionada hasta en ámbitos jurídicos internacionales que tiene por objeto erradicar por la vía administrativa lo que no consiguen por la vía judicial , retrocediendo a procedimientos más acordes con las administraciones de los años 70 en el Estado Español.
 
    Tratar de intimidar a la ciudadanía a base de sanciones económicas sin posibilidad de pronunciamiento judicial , merma los fundamentos básicos de un Estado de Derecho y adjudica al poder ejecutivo  facultades  para determinar cuales son las actitudes y comportamientos ciudadanos suceptibles de ser sancionados pudiendo producirse arbitrariedad e intencionalidad y no puedan dirimirse en sede judicial.
 
   Esta asociación tiene dilatada experiencia en proteger la libertad de expresión y los derechos constitucionales de manifestación y reunión para todas las personas que han querido ejercerlas en libertad , paz y respeto . MHUEL no ha dudado nunca  – aplicando su firmeza asociativa – en llevar al TSJA  resoluciones administrativas de la Delegación del Gobierno en Aragón , siendo ésta citada Delegación condenada en firme hasta en cuatro ocasiones por vulnerar de manera flagrante los derechos constitucionales que amparan la libertad de expresión.
  Lejos al desaliento ante esta nueva ley de retroceso en libertades ciudadanas , MHUEL anima a participar con tolerancia , paz y respeto en las diferentes convocatorias que se llevarán a cabo en Aragón . A dar ejemplo ciudadano demostrando una vez más la dignidad común  y  ofrecer una lección «indeleble » a los que invocan a la ley del palo para vaciar el  ya muy desgastado bolsillo de la gente como única forma de entender la seguridad ciudadana en contraposición a las libertades . 

 

NOTA DE PRENSA MHUEL . APOYO A RITA MAESTRE

 

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La Asociación Movimiento Hacia Un Estado Laico, MHUEL defiende la aconfesionalidad del Estado y la separación Iglesia-Estado ateniéndose a lo que dice el artículo 16.3 de la Constitución “Ninguna confesión tendrá carácter estatal” . Por tanto defendemos el derecho de los ciudadanos a reclamar este principio de aconfesionalidad mientras no sea cumplido por las instituciones.

   No es la primera vez que la Asociación MHUEL se involucra en la defensa de los derechos individuales y sociales de la ciudadanía. En esta ocasión nos solidarizarnos con Rita Maestre, portavoz del equipo de gobierno del Ayuntamiento de Madrid, con motivo de su imputación debido a unos hechos ocurridos hace cuatro años.

    La fiscalía solicita un año de prisión para la portavoz del Gobierno de Manuela Carmena por un delito contra los sentimientos religiosos.  Cabe preguntarse cómo es posible que a estas alturas siga existiendo esa figura en nuestro ordenamiento jurídico pues es más propio de un Estado teocrático que de uno democrático del siglo XXI.

   Entendemos que la laicidad del Estado debe defenderse desde el respeto a las creencias  individuales y la libertad de conciencia, pero también que no deberían existir capillas en las universidades públicas, ni espacios religiosos en los lugares públicos, siendo esto una injerencia de una determinada confesión religiosa en los lugares comunes consentida incomprensiblemente por las instituciones civiles y que vulnera el principio de aconfesionalidad.

    En repetidas ocasiones MHUEL ha manifestado su rechazo al delito de blasfemia que sigue vigente en el Código Penal, constatando así la clara herencia franquista y nacional católica que persiste a pesar de regular nuestra convivencia en el seno de un Estado democrático y de derecho desde 1978.

   Recordamos los casos de Javier Krahe y Leo Bassi acusados de vulnerar el artículo 525 del Código Penal. Sin embargo los jueces han concluido en la mayoría de los casos que esas actuaciones no se han hecho expresamente para ofender los sentimientos religiosos, por lo que han archivado o absuelto a los acusados.

   Creemos que Rita Maestre está legitimada para ejercer un cargo público dado que su intención no fue humillar ni herir los sentimientos de terceros, sino reclamar la laicidad del estado que no se cumple a pesar del artículo de la Constitución anteriormente mencionado y debido a la complicidad de los partidos que han gobernado las instituciones hasta ahora.

   Entendemos que fue un acto de protesta pacífico, por mucho que manifiesten lo contrario. No fue un acto violento, sí de reivindicación laica.

La defensa de este principio debería reclamarse desde todas las Instituciones públicas del país, como así lo llevan exigiendo varias asociaciones laicistas desde hace tiempo.

   Exigimos pues, que se retire la imputación a Rita, o en su defecto, su completa absolución. Así mismo, le deseamos muchos aciertos en su labor de portavoz en el Gobierno del Ayuntamiento de Madrid.

MHUEL

NOTA DE PRENSA MHUEL . INMATRICULACIONES POR LA I.C DE LAS IGLESIAS DE ZARAGOZA . SAN JUAN DE LOS PANETES , SANTIAGO EL MAYOR Y LA MAGDALENA

 

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La asociación aragonesa Movimiento hacia un Estado Laico ( MHUEL ) informa a losmedios de comunicación que tras ciertas gestiones en los registros de la propiedad , ha podido averiguar que la Iglesia de La Magdalena (Zaragoza ) , La Iglesia de Santiago el
Mayor ( Zaragoza ) y la Iglesia de San Juan de los Panetes (Zaragoza ) ; fueron inmatriculadas por el Arzobispado de Zaragoza acogiéndose al artículo 206 de la Ley Hipotecaria y artículo 304 del Reglamento Hipotecario al igual que la Catedral metropolitana de San Salvador La Seo ( Zaragoza ) como ya informó esta asociación hace unos días.

Ante estos hechos , MHUEL manifiesta lo siguiente :

1) Todas estas inmatriculaciones por parte del Arzobispado de Zaragoza, se realizaron con anterioridad a la reforma de la ley hipotecaria de 1998 que amplió a los templos el campo de los bienes inscribibles , que hasta entonces estaban excluidos taxativamente , lo que arroja serias dudas sobre la legalidad de su inscripción , dado que el Reglamento Hipotecario excluía la inscripción de templos .

2) Insistimos en no reconocer la legalidad del proceso de inmatriculación . La Ley Hipotecaria de 1946 que equipara a la Iglesia Católica como una corporación de derecho público otorgando a los diocesanos atribuciones de fedatarios públicos ,
entrando en una paradoja que a nuestro entender es claramente inconstitucional

3) Sin ningún menoscabo ni acusación hacia la labor y actuación profesional de los registradores de la propiedad , también ponemos en duda jurídica el criterio seguido a la hora de admitir inscripciones registrales dedicadas a culto o uso espiritual “ Sin título de dominio inscrito o inscribible “ haciendo constar “ la continuidad de su posesión y dominio pacífico desde tiempo desconocido “ emitiendo el Arzobispo Elías Yanes “su propia certificación de dominio “ y todo
eso a pesar que hasta la reforma de la Ley Hipotecaria de 1998 impulsada por el Gobierno Aznar , los bienes de culto estaban excluidos de inscripción taxativamente.

4) Con los datos que maneja esta asociación y cotejando fechas de inscripción , se puede deducir cierta intencionalidad por parte del Arzobispado de Zaragoza en asegurarse la titularidad de la propiedad de los bienes inmuebles referidos y posteriormente proceder a firmar acuerdos de restauración , mantenimiento o
explotación siempre con más que generosas ayudas provenientes del erario público.

5) MHUEL no discute en absoluto la utilización de estos templos para el culto católico y que en dicho aspecto , la gestión corresponda a las autoridades eclesiásticas . No siendo así en cuanto a su disfrute o explotación comercial mercantil . Siendo monumentos propiedad del pueblo y es el pueblo el que debe disfrutar de su uso y de los beneficios que de ellos se deriven . Del mismo modo que a cargo de todos ha sido su construcción , rehabilitación y mantenimiento.

6) Esta asociación insta a los nuevos poderes públicos para que ejerzan dentro de sus competencias y atribuciones el regreso de estos bienes del común a la titularidad pública de donde no tendrían que haber salido nunca y critica la pasividad , despreocupación o ignorancia interesada de anteriores responsables públicos por no defender el patrimonio común público y admitir o dar por bueno
el privilegio que asiste y otorga la Ley Hipotecaria a la Iglesia Católica para inmatricular bienes de dominio público o de uso religioso

DATOS :
1) SANTIAGO EL MAYOR Inmatriculada por el Arzobispado de Zaragoza en 1987 , destinada a fines espirituales según detalla certificación registral . Antiguo convento de San Ildefonso
abandonado por la desamortización de Mendizábal en 1835 . En 1848 adquiere nueva función como templo de un hospital castrense . Convertida en 1902 en la sede de la Parroquia de Santiago cuya Iglesia había sido derribada con anterioridad . Uno de los exponentes del Barroco zaragozano . Declarada BIC y PAC ; recibió ayuda privada y pública para su restauración en el año 2000.

2) LA MAGDALENA
Primera certificación registral negativa , corrección del Registrador por fallo de ubicación de la finca , positiva . Inmatriculada por el Arzobispado de zaragoza en 1987 , fines espirituales . Joya del arte mudéjar aragonés y máximo exponente en Zaragoza . Cerrada al público para culto y visitas desde hace una década . Declarada BIC , PAC y Patrimonio artístico por la UNESCO . Proceso de restauración en dos fases ( 2002/2003 y 2003/2007 ) Aportación de la CAI 1 millón de euros , aportación del Arzobispado 1 millón de euros , Gobierno de Aragón 3 millones de euros , Ministerio de Fomento convenio 1% cultural.

3) SAN JUAN DE LOS PANETES Inmatriculada por el Arzobispado de Zaragoza en 1989 , destinada al cumplimiento de fines espirituales de la misma según consta en ficha registral . Declarada BIC y PAC. Exponente del Barroco aragonés , interés por su inclinación . Ha recibido cuantiosas ayudas públicas sobre todo en el periodo de la remodelación general de la Plaza de las Catedrales.