Adjuntamos enlace del programa de La Sexta Columna dedicado a las inmatriculaciones de la Iglesia Católica .
Atentamente
MHUEL
Adjuntamos enlace del programa de La Sexta Columna dedicado a las inmatriculaciones de la Iglesia Católica .
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MHUEL
Zaragoza a 22 de marzo de 2021
La asociación aragonesa Movimiento hacia un Estado Laico ( MHUEL ) comunica : Que ha tenido conocimiento mediante Auto judicial fechado el 18 de marzo por el Juzgado de Instrucción nº9 de Zaragoza ; la admisión a trámite de la querella presentada por esta asociación contra el Registrador de la Propiedad nº2 de Zaragoza ; D. Joaquín José Oria Almudí y la Subdirectora de la Dirección General de Registros y Notariados ; Dña. Rebeca Laliga Miso por los presuntos delitos de prevaricación administrativa y falsedad documental.
El Juzgado ordena la incoación de diligencias previas y admite toda la documental presentada por MHUEL. ( Adjuntamos Auto en archivo )
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MHUEL
En contestación al artículo de opinión publicado en HERALDO el 3 de marzo de 2021 firmado por la registradora de la Propiedad Dña. Isabel de Salas y titulado ‘La Iglesia lo hizo bien’:
1- Mostrar cierta sorpresa con el artículo que llamativamente fue publicado al día siguiente 4 de marzo por el medio ‘Iglesia de Aragón’ -órgano oficial de comunicación de las diócesis aragonesas-, por lo tanto deducimos que la opinión de la Sra. de Salas es coincidente, por no decir que es la misma en pensamiento, tesis y argumentario que la postura oficial de la jerarquía católica en Aragón.
2.- La registradora de Salas nos hace un recorrido histórico desde el periodo desamortizador del siglo XIX que justifica las inmatriculaciones vía certificación. Hay que recordar que no conviene agitar los fantasmas del pasado mentando las desamortizaciones como elemento demonizador. El proceso desamortizador decimonónico, con todos sus errores e imperfecciones, buscó la erradicación de las llamadas ‘manos muertas’ de latifundios eclesiales, señoríos y mayorazgos improductivos; proceso irreversible para la transformación definitiva del sistema feudal de propiedad y de servidumbre en forma de pago de diezmos al nuevo pensamiento del estado moderno liberal y el incipiente municipalismo.
3.- Sostiene doña Isabel la constitucionalidad de la Ley Hipotecaria de 1946 (art. 206 LH y art. 304 del Reglamento Hipotecario), la reforma de la misma en el año 1998 con el Gobierno Aznar que amplía la potestad inmatriculadora a los bienes inmuebles dedicados a culto.
Queremos recordar con el debido respeto que, desde que entra en vigor la Constitución de 1978, el principio de aconfesionalidad del Estado recogido en el art. 16.3 dice: «Ninguna confesión tendrá carácter estatal», por lo tanto es inadmisible y no tiene pase alguno que a partir del año 1978 una corporación de derecho privado como es la Iglesia católica pudiera estar equiparada o asimilada a una administración general del Estado o corporación pública a la hora de poner bienes inmuebles a su nombre mediante un autocertificado, ejerciendo los diocesanos como fedatarios públicos o notarios del Reino de España.
4.- Aduce la señora De Salas la validez de la interpretación que hace en 2001 la Dirección General de Registros y Notariados (DGRN) a la hora de dar carta de naturaleza positiva a las inmatriculaciones realizadas antes de 1998 a bienes inmuebles dedicados a culto. Nos preguntamos ¿quién es una dirección general para interpretar una ley, normativa o reglamento en el ordenamiento constitucional? Para eso está el Tribunal Constitucional y no la DGR, aunque coincidimos con la registradora en que nunca esta problemática se ha llevado ante el órgano competente jurisdiccional.
5.- Obvia por completo doña Isabel los miles de bienes inmatriculados de raíz privada (garajes, pisos, solares, pastos, montes, viñedos, regadíos y un muy largo etc.) que accedieron al Registro por autocertificación y sin aportar ningún título de dominio o de propiedad, de manera opaca y sin publicidad para poder ejercer el ‘iuris tantum’ (derecho a prueba en contra), provocando una vez transcurrido los plazos preceptivos el derecho a la propiedad por usucapión (30 años de dominio ininterrumpido y pacífico). Una vez más, y dicho con el debido respeto, se trata de un privilegio inadmisible que atenta de manera frontal contra el artículo 14 (Igualdad jurídica) de la vigente Constitución española y de una falta de catadura moral notoria y evidente.
Atentamente
MHUEL
Zaragoza a 12 de Marzo de 2021
La asociación aragonesa Movimiento hacia un Estado Laico ( MHUEL) comunica :
La interposición de una querella ante el juzgado de instrucción de Zaragoza contra el Registrador de la Propiedad nº 2 de Zaragoza ; D. Joaquín José Oria Almudí y la Subdirectora General de la Dirección General de los Registros y Notariados ( DGRN ) Dña Rebeca Laliga Misó por los presuntos ilícitos penales de prevaricación y falsedad documental. ( Adjuntamos querella y su presentación telemática )
MHUEL recibió en su día una certificación registral negativa sobre la inmatriculación de la Iglesia de San Pablo en Zaragoza y posteriormente esa negativa se tornó en positiva a petición del Ayuntamiento de Zaragoza con los mismos criterios de búsqueda ( Catastro , Descripción gráfica , documental histórica oficial DGA ) . Esta asociación emprendió la pertinentes acciones para esclarecer los hechos vía administrativa y disciplinaria a través de la Oficina del Defensor del Pueblo ; después de un largo periplo de contestaciones contradictorias y nada satisfactorias para llegar al fondo de la cuestión , el Defensor del Pueblo cerró el expediente por causas meramente formales en los tiempos establecidos.
MHUEL ya adelantó en su momento que sí la vía administrativa no resultaba eficaz , se reservaba el derecho a ejercer las acciones civiles o penales que estuvieran a su alcance en los Tribunales ordinarios de Justicia.
La asociación MHUEL dentro de la lógica más elemental se pregunta si es posible la negativa por parte de un fedatario público cuando se le pregunta ; ¿ Dónde y a qué nombre está la Iglesia de San Pablo en la calle y plaza de San Pablo de Zaragoza ? Es evidente , significativo y notorio por el bien inmueble por el que le estamos preguntando a un Registrador de la Propiedad para que emita un certificado registral en este caso negativo y a posteriori emitir una nota simple positiva sobre el mismo inmueble a petición de una corporación pública.
No querríamos llegar al absurdo más absoluto dado que los Registros de la Propiedad deberían garantizar la seguridad jurídica e informativa y no lo contrario creando inseguridades pintorescas ante una más que posible respuesta negativa ante preguntas cómo ¿ Dónde está y quién es el propietario de la Basílica del Pilar en la Plaza del Pilar de Zaragoza ? . Dicho con el debido respeto , MHUEL tan sólo quiere poner un poco de cordura , sensatez y ejercer sus legítimos derechos y que no nos digan que era de color negro cuando preguntamos ¿ De qué color era el caballo blanco de Santiago ? .
Atentamente MHUEL
Entrevista a Jorge Garcia Presidente de MHUEL en Aragon TV
La coordinadora Recuperando, que agrupa a más de 20 asociaciones patrimonialistas de todas las comunidades autónomas, desea difundir el siguiente comunicado en relación a la entrega del listado de inmatriculaciones de la Iglesia católica por el Gobierno central al Congreso de los Diputados, en cumplimiento de una petición parlamentaria de marzo de 2017.
En términos de derecho, la inmatriculación es la primera inscripción en el registro de la propiedad de una finca, casa, frontón, catedral, etc., etc. Esta acción de inmatricular lo lleva a cabo el notario. Lo que sucede es que, según el artículo 206 de la ley hipotecaria de 1946 y el reglamento de esta ley de 1947, se reconoce a la Iglesia, concretamente a los obispos, como fedatarios públicos para inmatricular bienes. Esta ley franquista concede un privilegio a la Iglesia incontestable, quizá como premio a su inestimable colaboración en la guerra civil, por ser su fiel aliada. El caso es que esta ley se mantuvo vigente hasta el 2015, año en que quedó derogada por un toque del Tribunal de Estrasburgo. En todo ese tiempo el único que la modificó para privilegiar más aún a la Iglesia fue el gobierno de Aznar en 1998. Hasta entonces la ley no contemplaba la inmatriculación de lugares de culto (iglesias, catedrales, basílicas, conventos…), pero desde entonces la Iglesia tuvo barra libre para registrar a su nombre todo lo que pudo pillar. El expolio del patrimonio del pueblo ha sido escandaloso y todo ello con el consentimiento de los gobiernos de turno, tanto del PSOE como del PP. A todo esto los gobiernos de Aragón no han tenido los arrestos suficientes como para defender lo que es del pueblo aragonés, sumisos con la Iglesia, inclinando vergonzosamente la cabeza a la todopoderosa Iglesia Católica.
Lo primero que llama la atención es como una ley inconstitucional, franquista, pudo pervivir sin ningún tipo de problema hasta el 2015. ¿Pasó inadvertida? ¿No tuvieron las narices suficientes para denunciarla? Es razonable pensar que todas las actuaciones efectuadas al amparo de esta ley inconstitucional, son nulas y por lo tanto todos los registros efectuados deberían ser revertidos a su anterior estado. ¿Por qué el aparato jurídico del Estado no ha hecho nada?
Que un diocesano fuera al registro civil y sin necesidad de presentar ningún documento acreditativo de propiedad, mediante un ridiculísimo pago, pasara a ser el dueño del bien registrado, es algo impensable en un país democrático y desarrollado. Desde el registro hasta que el bien fuera suyo debían pasar 20 o 30 años según las comunidades autónomas. Se da la circunstancia de que los diocesanos no daban cuenta a nadie y en las ciudades y pueblos eran ignorantes que la Iglesia se hacía la propietaria de fincas, casas, ermitas, catedrales, iglesias, etc., monumentos espectaculares, con una riqueza arquitectónica e histórica impresionantes, como puede ser La Seo de Zaragoza (por nombrar una…). Claro, este modo de proceder, alevosamente, a traición, calladamente, como un bandido que roba los bienes que pertenecen al común, al pueblo, es indigerible, ¡penoso!
Todas esas propiedades pertenecen al pueblo, él ha sido su constructor y su mantenedor a base de impuestos a lo largo de la historia. Que la Iglesia lo haya empleado para oficiar actos litúrgicos de su confesión o para exponer toda clase de ornamentos, frescos, esculturas, cuadros, etc., no le dan el derecho de propiedad, al menos no desde un punto de vista racional.
Uno piensa en la gran contradicción que existe entre la prédica del evangelio de Jesús, el de los pobres y desheredados de la tierra, del cual hacen gala los ministros eclesiásticos con falsa humildad y artificialidad manifiesta, y la práctica cotidiana económica de la Iglesia, hasta el punto de haberse convertido en la mayor inmobiliaria del reino.
También llama la atención que es el Papa de Roma, el presidente de ese hipotético estado vaticano (aunque formalmente no lo sea), el que dirige todo este tinglado, al que deben obediencia y que se erige en el dueño de este emporio urbanístico y de todo lo que hay dentro de los edificios…
Estos días, el Gobierno del PSOE y IU-Podemos, manda al congreso una lista de bienes inmatriculados, pero no esta completa pues solo contempla aquellos bienes inmatriculados desde la ley Aznar de 1998, cerca de 40.000 bienes, casi nada… De entrada reconocen a la Iglesia como propietaria, aceptando que no haya presentado en su día ningún documento acreditativo de propiedad, tendrán que ser las personas individuales o ayuntamientos quienes tengan que presentar esos documentos para demostrarlo… ¡Vergonzoso! O sea, un procedimiento que funciona al revés y que va a provocar un follón en los juzgados de grandes dimensiones. Y a propósito de documentos, en muchísimos casos no hay documentación, no ha sido necesaria porque esos edificios eran del pueblo, del Ayuntamiento, del Estado…
El tema esta en que en ese listado no aparece ningún bien en nuestra ciudad, en Zaragoza. ¿Por qué? Pues porque en los años 80 se inmatriculó todo lo que fue menester pasando de la ley entonces vigente y sin esperar a la modificación de Aznar. Esto es tremendo, ya que la mayor parte de las inmatriculaciones fueron anteriores a 1998. ¿Entonces por qué solo se refiere el Gobierno a las registradas desde 1998? Pues no lo entendemos. Sospechamos que en estos últimos tiempos ha habido negociaciones con la Iglesia a espaldas nuestras, de la sociedad civil y se han llegado a este acuerdo tan balsámico para la Iglesia. Esta tendrá que devolver aquellas propiedades en se presente documentación que contradiga la inmatriculación… Serán los mínimos. ¿Qué pasa con los decenas de miles de bienes inmatriculados desde 1946 a 1998? ¿Hacemos la vista gorda? ¿Así se solventa el problema con esta institución privada y expoliadora del patrimonio del pueblo aragonés?
El Gobierno de nuestra Comunidad se debe erigir en el principal valedor del común, del pueblo y actuar para que no se consume semejante escándalo.
Distintos portavoces de la Coordinadora Recuperando, han realizado declaraciones sobre el listado de bienes inmatriculados por la iglesia católica que el Gobierno ha enviado al Congreso.
Entrevista al Presidente de MHUEL en El Pais
La Coordinadora Estatal para la Recuperación del Patrimonio Inmatriculado por la Iglesia Católica, Recuperando, que agrupa a una veintena de colectivos, considera un “absoluto insulto” y una “gran trampa” que haya que reclamar en los tribunales los bienes inmatriculados por la Iglesia.
Así lo ha explicado el portavoz de la Coordinadora Recuperando, Andrés Valentín, después de que el Gobierno haya hecho público este martes que la Iglesia católica de España inmatriculó un total de 34.961 bienes desde 1998, con la reforma de la Ley Hipotecaria llevada a cabo por el Gobierno de José María Aznar y hasta 2015. “Nos parece un absoluto insulto. Están promoviendo 35.000 litigios ante los tribunales. Es la gran trampa”, ha explicado Andrés Valentín, quien ha alertado de que si hay bienes que no se reclaman “se da por hecho que son de la Iglesia”.
La vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Carmen Calvo, ha señalado que, a partir de la publicación de este listado, cualquier persona física, jurídica o administración pública que discrepe, puede reclamar alguno de estos bienes, ya sea por “vía administrativa”, para que la Administración General del Estado abra la investigación correspondiente o por “la vía de los tribunales”.
“Nos parece un absoluto insulto. Están promoviendo 35.000 litigios ante los tribunales. Es la gran trampa”, ha explicado Andrés Valentín, quien ha alertado de que si hay bienes que no se reclaman “se da por hecho que son de la Iglesia”. Además, ha cuestionado que miles de municipios de pocos habitantes tengan capacidad para litigar procesos que se prologan “durante 20 años”.
De este modo, el portavoz de la coordinadora opina que es “orientarlo a un callejón sin salida” y que es necesaria es una solución normativa, ya sea vía ley o decreto, que “retorne los bienes a la situación anterior a la inmatriculación” para que sea la Iglesia la que presente la documentación necesaria. “No se puede dar por bueno algo que se ha dado al amparo de la normativa franquista”, ha subrayado.
Por otro lado, ha indicado que, tras conocer la publicación del listado de bienes inmatriculados elaborado por el Gobierno, “la primera reacción” ha sido decir: “Ya era hora”. No obstante, ha criticado que es un documento “parcial”, que no incluye los bienes inmatriculados entre 1946 y 1998 ni “las notas simples que debían haber acompañado al listado”, para conocer fechas, superficies, etc. “Esto es una salida en falso. Nadie espera que haya 34.000 reclamaciones judiciales. Ningún particular se lo puede permitir”
Desde la asociación Europa Laica, el portavoz Juanjo Picó ha mostrado su “satisfacción por que, por primera vez, se haya publicado el listado”, pero ha añadido que “el resto son grandes peros”. En primer lugar, Picó ha lamentado que “solo cubre” los 34.961 bienes inmatriculados desde 1998, cuando la asociación los cifra en más 100.000 desde 1946.
Asimismo, el portavoz de la entidad ha censurado que este listado no incluye todos los datos registrales de los bienes inmuebles, por lo que los considera claramente “incompletos”.
Lo que más preocupa a Juanjo Picó es que el Ejecutivo traslade la iniciativa de reclamar a la ciudadanía. “Esto es una salida en falso. Nadie espera que haya 34.000 reclamaciones judiciales. Ningún particular se lo puede permitir”, ha señalado, al tiempo que ha insistido en que es “un problema de Estado” y en que “el Gobierno tiene que dar una solución global”.
Finalmente, Juanjo Picó defiende un proceso que arranca con la publicación completa del listado de bienes; la anulación de las inmatriculaciones realizadas; y la reclamación para el dominio público del patrimonio que corresponda, y el resto aportando la documentación acreditativa de la titularidad.
El Obispado de Mallorca registró a su nombre las murallas históricas del pueblo y ahora el Alto Tribunal reconoce la propiedad del Ayuntamiento
Auto TS Murallas Artá enero 2021
Sentencia Audiencia Provincial Murallas de Artá
24 de enero de 2021. Las murallas históricas de la localidad mallorquina de Artá (Baleares) son de dominio público y no pueden ser privatizadas como pretendía la Iglesia católica, que las inmatriculó a su nombre de forma unilateral en diciembre de 2014. Así lo acaba de confirmar el Tribunal Supremo en un auto que rechaza el recurso de casación formulado por el Obispado de Mallorca contra la sentencia de la Audiencia Provincial, que otorgó la titularidad del conjunto histórico al Ayuntamiento.
La decisión del Supremo representa una victoria sin paliativos del pueblo de Artá, que recupera un bien fundamental de su legado histórico, y proyecta una enorme trascendencia desde el punto vista jurídico por cuanto reconoce la naturaleza pública de bienes de uso general. Cientos, si no miles, de monumentos inmatriculados por la Iglesia católica en las últimas décadas se encuentran en una situación análoga a las de las murallas de Artá.
El pronunciamiento del Alto Tribunal evidencia que el listado de inmatriculaciones que tiene el Gobierno en su poder, y aún no ha entregado al Congreso, incluye innumerables bienes de dominio público y patente valor histórico que no están inventariados, lo que ha permitido su inscripción irregular por parte de la jerarquía eclesiástica. “El caso de las murallas de Artá es paradigmático”, asegura el jurista Antonio Manuel Rodríguez y portavoz de la coordinadora Recuperando. “El Obispado actuó por codicia y no por un simple error”, agrega. “De una forma premeditada, intentó apropiarse de un bien que, a todos los efectos, es de dominio público”.
La batalla judicial arrancó en 2013 cuando la parroquia de Sant Salvador, que se encuentra en el interior del recinto amurallado, ordenó la retirada de carteles de carácter reivindicativo colocados en el contexto de una protesta educativa. La polémica llegó al pleno municipal, que emprendió actuaciones indagatorias para verificar la propiedad del conjunto arquitectónico. Las investigaciones concluyeron que la muralla, de carácter defensivo, fue construida en la Edad Media por el pueblo y que el Ayuntamiento había hecho frente a los costes de su mantenimiento, limpieza y restauración durante siglos. De hecho, la Iglesia había sido construida posteriormente, aunque en la demanda presentada ante el juzgado sostuvo que se trataba del “cerramiento” del templo.
En marzo de 2017, el Ayuntamiento presentó una acción declarativa de dominio. El juzgado de primera instancia dio la razón al Obispado, pero en 2018 la Audiencia de Mallorca revocó la sentencia y declaró de titularidad municipal el monumento reconocido como Bien de Interés Cultural (BIC). La concejala Aina Comas, junto con el antiguo alcalde Tolo Gili, ha sido una de las más activas defensoras de la propiedad pública de las murallas. “Para Artá fue una sorpresa conocer que la Iglesia había puesto a su nombre un monumento tan característico del pueblo. La inmatriculación representó la descapitalización del patrimonio cultural y económico de Artá”, asegura Aina Comas.
El caso de Artá vuelve a poner en cuestión el mecanismo arbitrario de que han dispuesto los obispos para registrar a su nombre bienes de gran valor cultural sin aportar ningún título escrito de propiedad, tal como ha denunciado reiteradamente la coordinadora Recuperando, que agrupa a una veintena de asociaciones patrimonialistas. Ya son decenas las sentencias revocatorias de inscripciones eclesiásticas. Baste recordar los ejemplos de las ermitas de Aranda de Duero y Ochagavía, la Iglesia mudéjar de San Juan de los Panetes o la finca de Ucieza, cuya inmatriculación fue impugnada hasta por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
Recuperando ha solicitado al Gobierno que articule un dispositivo legal para anular todas las inmatriculaciones, claramente inconstitucionales, y evitar que los ayuntamientos u otras instancias tengan que acudir a los tribunales para defender los bienes de dominio público en procedimientos largos y costosos. Entre 1998 y 2015, la jerarquía eclesiástica ha registrado a su nombre más de 35.000 inmuebles, gran parte de los cuales pertenecen al legado inmemorial de carácter religioso que compone el valioso patrimonio histórico. La lista podría superar los 100.000 si se incluyen los inscritos desde 1946, fecha de promulgación de la Ley Hipotecaria.
El auto del TS sobre las murallas de Artá marca un hito histórico al tratarse de un pronunciamiento judicial del Alto Tribunal, que puede sentar jurisprudencia en el devenir del litigio sobre las inmatriculaciones eclesiásticas.
Contactos
Antonio Manuel Rodríguez, portavoz de Recuperando (696744439)
Andrés Valentín, coordinador de Recuperando (630080101)
Recuperando teme que el Gobierno haya pactado en secreto con la Iglesia la impunidad de las inmatriculaciones
Diversas fuentes anuncian la inminente entrega al Parlamento del listado con casi 35.000 bienes inscritos a su nombre por los obispos
10 diciembre 2020. El Gobierno podría haber pactado en secreto la impunidad de las decenas de miles de inmatriculaciones de los obispos como moneda de cambio en las negociaciones con el Vaticano. A eso apuntan todos los indicios, según estima la coordinadora estatal Recuperando, que agrupa a una veintena de colectivos patrimonialistas, que luchan desde hace años por la nulidad de todas las inscripciones eclesiásticas y la devolución del patrimonio público cultural apropiado por los prelados.
Con dos años de retraso, el Ejecutivo de Pedro Sánchez entregará previsiblemente el listado de inmatriculaciones al Congreso de los Diputados en las próximas semanas, según apuntan diversas fuentes periodísticas. Lo hará después de haber negociado con la alta jerarquía eclesiástica en medio de una evidente opacidad y sin haber articulado soluciones globales para deshacer lo que a todas luces ha sido un expolio monumental, que ha permitido a la Iglesia registrar a su nombre miles de bienes, entre ellos la Mezquita de Córdoba, la Giralda de Sevilla, el tesoro prerrománico de Asturias o la arquitectura mudéjar de Aragón.
En ese caso, el presidente del Gobierno habría incumplido uno de sus compromisos electorales, reafirmado expresamente en el discurso de investidura, cuando anunció en el Parlamento que “realizaría las modificaciones legislativas oportunas para facilitar la recuperación de los bienes que hayan sido inmatriculados indebidamente por la Iglesia”. En aquel solemne escenario también argumentó que “en un Estado aconfesional no tiene sentido que ninguna confesión se sitúe por encima de la ley ni disfrute de privilegios que hieren el principio de legalidad y de igualdad”.
Los pasos que ha dado en estos meses, sin embargo, no caminan en la dirección de desanudar el escándalo de las inscripciones episcopales. Aparte de guardar en un cajón el inventario con 35.000 inmatriculaciones entregadas por los registradores de la propiedad, el Gobierno de Sánchez recurrió la resolución dictada por el Consejo de Transparencia, que le obligaba a hacerlas públicas.
El listado fue elaborado a instancias de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados y tras una solicitud cursada por Recuperando en febrero de 2017. El inventario incluye únicamente los bienes inscritos por la Iglesia católica entre el decreto de Aznar de 1998 y su derogación en 2015, mientras que los colectivos patrimonialistas exigen el número total de inscripciones efectuadas desde 1946, la fecha en que se reformó la Ley Hipotecaria. Si se toma ese periodo como referencia, las inmatriculaciones podrían alcanzar los 100.000 bienes.
Recuperando sostiene que todas las inscripciones son nulas de pleno derecho, toda vez que fueron efectuadas por un obispo sin aportar pruebas en virtud de un privilegio anticonstitucional, que los equiparaba con fedatarios públicos. Cualquier solución, en opinión de la coordinadora, debe partir de ese principio. La segunda condición es que los bienes de dominio público, integrantes del legado cultural inmemorial, no pueden ser privatizados por la Iglesia.
Los colectivos patrimonialistas están trabajando en una propuesta concreta de solución que entregarán al Congreso de los Diputados y al Gobierno en las próximas semanas.
Contactos
Antonio Manuel Rodríguez, portavoz de Recuperando (696744439)
Andrés Valentín, coordinador de Recuperando (630080101)